Algunos de los amparos básicos ofrecidos por este tipo de pólizas son los siguientes:

  1. Daño Material
  2. Falta de Entrega
  3. Huelga
  4. Avería articular
  5. Saqueo

*Lo anteriormente descrito es un resumen de las coberturas básicas que este producto puede llegar a tener las cuales pueden aumentar o disminuir dependiendo de la actividad, ubicación y tipo de asegurado. Las únicas condiciones válidas son las otorgadas por Aseguradoras avaladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Aplican Condiciones particulares, Condiciones generales y exclusiones.

Documentos para la reclamación

1. Denuncio ante la autoridad competente debidamente radicado, croquis e informe del accidente, manifiesto de carga nacional o internacional, remesas terrestres de carga y/o carta porte y/o cumplido.

2. Reclamo formal del generador de carga al Asegurado, firmado por el Representante Legal.
3. Facturas del generador de carga, cumpliendo con los requisitos mínimos legales según los artículos 615 y 617 del Estatuto Tributario de la DIAN
4. Para mercancías de Importación: Declaración y/o Manifiesto de Importación, recibos de pagos de impuestos, fletes y de gastos de Nacionalización
5. Cuando el generador reclamante es el Vendedor de las mercancías afectadas se debe aportar un Certificado de costo de producción o adquisición de la mercancía sin que este incluya la utilidad, firmado por el Revisor Fiscal o Contador del generador de carga.
6. En el eventual caso de existir salvamento, acta de manejo de las mercancías afectadas por un siniestro y confirmación sobre ubicación y/o destino misma,

7. En el eventual caso de presentarse reclamo por concepto de gastos de recuperación o para atender el salvamento, se deben presentar las facturas y/o cuentas de cobro correspondientes a dichos gastos
8. Documentos demostrativos del cumplimiento de las Garantías y las condiciones especiales para las movilizaciones cubiertas por la póliza tales como: procesos de selección de vehículo y conductor, seguimiento y control del vehículo y protecciones para mercancías de Alto Riesgo y las demás establecidas en las condiciones generales y/o particulares.

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