Las Pólizas de Salud o de Medicina Prepagada, complementan extensamente los Planes Obligatorios de Salud, y ofrecen tanto al Asegurado como a si Grupo Familiar coberturas
Es un Seguro de carácter voluntario, cuyo objeto es indemnizar a los beneficiarios designados hasta por valor acordado previamente, cuando se presente el fallecimiento accidental o cualquier otro evento amparado por la póliza.
COBERTURA BÁSICA
¿QUE ES ARL?
Las ADMINSITRADORAS DE RIESGOS LABORALES hacen parte del Sistema General de Riesgos Laborales según el Decreto Ley 1295 de 1994, en donde se crearon las Administradoras de Riesgos Profesionales. Posteriormente, la Ley 1562 de 2012 modificó su nombre a Administradoras de Riesgos Laborales y desde entonces se reconocen por su sigla: ARL.
ARL es la sigla para Administradora de Riesgos Laborales. Corresponde a una aseguradora de vida con autorización de una autoridad competente para la explotación del ramo de seguros de riesgos laborales y su objetivo principal es la de encargarse de cubrir los gastos generados por accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
¿QUE FUNCIONES TIENE LA ARL?
El artículo 80 del Decreto 1295 de 1994, establece las siguientes funciones para las ARL.
¿QUE DEBERES TIENE LA ARL?
¿QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO?
1.Es todo suceso repentino por causa o con ocasión del trabajo:
2. Ordenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun afuera del lugar y horas del trabajo.
3. El traslado de los trabajadores cuando el transporte lo suministre el empleador.
4. También es A.T. toda lesión producida por actividades recreativas, deportivas, culturales cuando sean autorizadas por la empresa
¿QUÉ NO ES ACCIDENTE DE TRABAJO?
1. Ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador.
2. El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales.
¿QUÉ ES ENFERMEDAD PROFESIONAL?
1. Estado patológico, permanente o temporal
2. Consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar,
3. Haya sido determinada como Enfermedad Profesional por el Gobierno Nacional. (Dcto 1832 / 94)
¿QUÉ HACER EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO?
1. Avisar al Jefe Inmediato o a Recursos Humanos de forma inmediata.
2. Prestar los primeros auxilios (si esta capacitado para hacerlo).
3. Llamar a la Compañía de Seguros Correspondiente Ver Teléfonos Compañías
Este tipo de pólizas cuentan con las siguientes coberturas básicas:
*Lo anteriormente descrito es un resumen de las coberturas básicas que este producto puede llegar a tener las cuales pueden aumentar o disminuir dependiendo de la actividad, ubicación y tipo de asegurado. Las únicas condiciones válidas son las otorgadas por Aseguradoras avaladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Aplican Condiciones particulares, Condiciones generales y exclusiones.